Cambiar de sexo en Colombia
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Cambiar de sexo en Colombia

Desde 2015, en Colombia es posible realizar el trámite para cambiar de sexo en Colombia y el cambio de nombre en su cédula. Las condiciones para realizar esta solicitud están contempladas en el Decreto 1227 del 2015.

Adicionalmente, desde el 2018 se dio paso a que los menores de edad también puedan realizar esta solicitud, de la mano de sus padres o representantes legales. Por esta razón, las personas transgénero, pueden realizar la solicitud para cambiar su nombre en una ocasión y también cambiar el sexo asignado en el documento, para que coincida con su identidad de género.

¿Cómo hacer el cambio de sexo en Colombia en la cédula?

Según información del Ministerio de Justicia, a través de su portal web LegalApp, la persona que desee corregir el componente “sexo” con el que aparece en su registro civil y cédula de ciudadanía tendrá que acudir ante un notario y solicitar la corrección.

El trámite resulta ser fácil, pues solo se deben presentar los siguientes documentos:

  • Copia del registro civil de nacimiento
  • Copia de la cédula de ciudadanía
  • Declaración realizada bajo la gravedad de juramento, con la que la persona tendrá que manifestar su voluntad de realizar la corrección de la casilla del componente sexo en el Registro del Estado Civil de Nacimiento.
  • Y la solicitud debe presentarse por escrito, incluir el nombre del notario a quien se dirige y el nombre y cédula de ciudadanía de la persona solicitante.

Luego de radicar los documentos, el notario tendrá cinco días para elaborar la escritura pública correspondiente junto a los documentos entregados por el solicitante. El mismo funcionario trasladará a la Registraduría Nacional del Estado Civil la información para que realice los cambios respectivos.

Hay que tener en cuenta que los ciudadanos que decidan realizar este trámite solo podrán realizarlo dos veces en la vida y el solicitante debe esperar 10 años para la solicitud de una nueva corrección en el sexo.

Si desean más información o asesoría sobre el trámite para corregir el sexo en el documento de identidad, pueden acercarse a una Notaría, Registraduría Nacional del Estado Civil, oficinas de la Personería, Defensoría del Pueblo o a los consultorios jurídicos.

Negación de la solicitud

Si bien, el trámite para cambiar el sexo en el documento parece sencillo, puede suceder que se realice una negación a la solicitud por parte de la notaría.

Juan Felipe Rivera, abogado perteneciente a la organización Colombia Diversa, indicó que hay tres posibles factores que podrían dificultar este cambio:

En primer lugar, “hay notarías que se rehúsan a hacer el trámite y ponen problemas para su realización”, lo cual puede ser calificado como una forma de discriminación. Segundo, las notarías no tienen regulado el precio adecuadamente: hay notarías que cobran $140.000 y en otras supera los $300.000 o más.

El abogado asegura que este problema en las tarifas ya ha sido presentado a la Superintendencia de Notariado y Registro, sin embargo, no se han tomado medidas reales para su regulación. La no existencia de una tarifa unificada y asequible supone “una barrera de acceso muy alta, ya que gran parte de las personas trans del país, han perdido redes de apoyo familiares, amistades e históricamente han sido excluidos del sistema educativo y el acceso al trabajo, por lo tanto, muchas personas trans tienen ingresos irregulares, lo que hace que pagar $140.000 o más en este trámite sea un exabrupto”

Ante esta irregularidad denunciada por los solicitantes, las tarifas notariales del 2018 fijaron que el valor de la escritura pública por el cambio de nombre y corrección de registro de las personas tendría un costo de $41.300, por concepto de derechos notariales.

Y, por último, existe una barrera importante al permitir que los colombianos cambien solo una vez su nombre. “Esto llevó a que muchas personas presentaran tutelas y los jueces ordenaran los cambios por segunda vez. La Corte Constitucional en una sentencia de constitucionalidad de hace un par de años ya fijó esa discusión y permite a las personas trans, si lo justifican adecuadamente, cambiarse el nombre por segunda vez”, afirma Juan Felipe.

Es de tener en cuenta que, si el Notario se niega a realizar el trámite para la corrección del sexo en el registro civil, se podrá recurrir a la Acción de Tutela como último mecanismo para solicitar el cambio de sexo en el documento de identidad. Así como también interponer una queja o reclamo ante la Superintendencia de Notariado y Registro.

De la cédula al bisturí

En Colombia, el camino que debe recorrer una persona trans (transexuales, transgénero, travestis, transformistas) para acceder a tratamientos hormonales, cirugías, seguimientos ginecológicos o urológicos, está lleno de barreras, prejuicios, y de muchos pasos burocráticos que pueden tardar años.

En muchas ocasiones las personas que solicitan el cambio de sexo en Colombia han tenido que acudir a tutelas que les permita acceder a este derecho por medio de una EPS. Pero las demoras los impulsan a buscar cirugías y tratamientos artesanales que terminan siendo inseguros para su salud. Otros, con mayor poder adquisitivo, pueden acudir a clínicas privadas y realizar los procedimientos respectivos para lograr sentirse identificados con el género deseado. Incluso, según la Encuesta Exploratoria de las Experiencias de Personas Trans, del Ministerio del Interior del 2018, el 57% ha decidido no usar los servicios de salud por temor a que su género afecte la atención y el 69% considera que estos servicios no tienen una atención inclusiva.

En el país, el sistema de salud todavía les exige a las personas trans un examen psiquiátrico que certifique la disforia de género. Este diagnóstico se sigue pidiendo a pesar de que en su asamblea mundial del 2019 la Organización Mundial de la Salud desligó la identidad de género de una condición patológica o trastorno de salud mental, para llamarlo “incongruencia de género relativa a la salud sexual”.

Esto significa que desde entonces se debe entender que ser trans no implica tener una enfermedad mental, como por años se encasilló en la Clasificación Internacional de Enfermedades, sino que ahora ser trans hace parte de la salud sexual que debe ser atendida por los servicios médicos, no por ser un mal patológico, sino para poder lograr la reafirmación de la identidad que se quiere.

Muchas EPS consideran que pedir, por ejemplo, una mamoplastia para quitarse los senos es un asunto estético, lo que no está contemplado en el Plan Obligatorio de Salud. Pero ¿cuál es la razón por la que estas cirugías no son estéticas y, por lo tanto, deben ser sufragadas con los recursos del sistema de salud, que son públicos y en los que todos contribuimos?

De momento la discusión entre entidades de salud y la Corte Constitucional sigue estando dividida, pues la Corte Constitucional indica que está de acuerdo en que la jurisprudencia de ese alto tribunal ha establecido que las personas trans pueden acceder a procedimientos no incluidos en el Plan de Servicios de Salud, y que deben ser sufragados con los recursos del sistema general de salud porque estos procedimientos permiten un bienestar emocional, social y sexual en esta población. Mientras que las EPS argumentan que no prestan estos servicios considerando que no son vitales para evitar un riesgo a la salud o la vida.

Como vemos, el camino para poder tener la identidad deseada es largo y lleno de obstáculos, sin embargo, más allá de lo físico, se trata de ciudadanos en busca de tener los mismos derechos, ser incluidos en la sociedad sin que los trámites burocráticos hagan más difíciles la transición.

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