Las mujeres trans tienen derecho a pensionarse
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¿Las mujeres trans tienen derecho a pensionarse en Colombia?

Las mujeres trans tienen derecho a pensionarse. Luego de la acción de tutela interpuesta por Helena Herrán Vargas en 2021 en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), hoy cientos de mujeres transgénero como ella gozan de los mismos derechos que las mujeres cisgénero, es decir las que se identifican con el género asignado al nacer.

Ella, una mujer trans, libró una larga lucha judicial para que Colpensiones reconociera su pensión con los requisitos que aplican para las mujeres.

La ciudadana sostenía que la administradora de pensiones la había discriminado al no reconocer su identidad de género, además de vulnerar sus derechos fundamentales a la seguridad social, a la igualdad, a la dignidad humana y a la confianza legítima.

Las mujeres trans tienen derecho a pensionarse

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En Colombia existen dos regímenes pensionales: Régimen de Ahorro Individual y el Régimen de Prima Media, para ambos casos se debe acreditar la edad de pensión:

Hombres 62 años y mujeres 57 años.

La Corte a favor de mujeres trans

De esta manera, la Corte Constitucional recordó el derecho al reconocimiento jurídico de la identidad de género diversa de la población trans.

Así, entonces existe un mandato constitucional de trato paritario prima facie entre mujeres trans y mujeres cisgénero.

Estas son algunas de sus reglas:

  1. Las mujeres trans están cobijadas por aquellas normas que, a partir de categorizaciones binarias del sexo y el género, prevean obligaciones o beneficios diferenciados para las “mujeres” o las personas de sexo “femenino”.
  2. Las diferencias de trato legales o administrativas entre mujeres trans y mujeres cisgénero se presumen discriminatorias y, por lo tanto, deben ser sometidas a un riguroso y estricto control constitucional.
  3. Este mandato de trato de paritario no es absoluto y no implica que el trato jurídico que la ley y la administración otorguen a estas poblaciones deba ser absolutamente idéntico y que cualquier diferenciación entre mujeres trans y mujeres cisgénero sea inconstitucional.
Las mujeres trans tienen derecho a pensionarse

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Y es que para la Sala Plena del alto tribunal la total equiparación sicológica, sociológica, política y jurídica de estas poblaciones podría:

  • Ignorar que entre las mujeres trans y las mujeres cisgénero existen diferencias biológicas que, en algunos eventos, podrían ser relevantes para determinar el acceso diferenciado a beneficios y obligaciones previstas en la ley.
    • “Descaracterizar” las vivencias y expresiones de género de ambos grupos y dejar de lado toda su especificidad y diversidad.
    • Desconocer que estas poblaciones han sido objeto de prácticas discriminatorias que responden a causas diversas, lo cual impediría al Estado adoptar medidas afirmativas específicas en favor de cada uno de estos grupos.

¿Cómo debe solicitar la pensión una mujer trans?

Una mujer trans debe hacer la modificación del componente sexo en el registro civil de nacimiento de masculino a femenino.

Así mismo, es importante que exista el cambio en los demás documentos de identificación como: cédula, pasaporte y escritura pública de cambio de nombre, entre otros.

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Para el reconocimiento de la pensión es esencial que estos documentos coincidan con el registro civil de nacimiento.

Para hacer este cambio el Decreto 1227 de 2015 establece que se puede hacer directamente ante el notario público con:

  • Una solicitud escrita en la cual conste su nombre
  • Número de cédula
  • Manifieste su deseo de cambiar de sexo
  • Copia simple del registro civil de nacimiento
  • Declaración bajo la gravedad del juramento indicando la voluntad de hacer la modificación.

Luego de superadas estas condiciones, las mujeres transgénero pueden solicitar su pensión de acuerdo con los parámetros que estipula la ley.

Es decir, acreditar 57 años y 1300 semanas en caso de estar afiliadas en Colpensiones. Si están afiliadas a un Fondo Privado, deben tener el capital suficiente para financiar la pensión en su cuenta de ahorro individual y tener 1150 semanas cotizadas. Las mujeres trans tienen derecho a pensionarse

 

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